lunes, 8 de abril de 2013

Fuentes del Derecho y Conceptos Jurídicos...


* La Legislación es la Fuente principal del Derecho.

Son Fuentes Formales: La Legislación, la Doctrina, la Costumbre y la Jurisprudencia.

La Jurisprudencia como Fuente del Derecho.

Indiscutiblemente que la Jurisprudencia es una Fuente Formal del Derecho ante las Lagunas de la Ley, en cambio, la Jurisprudencia no es fuente del derecho cuando simplemente interpreta.

Cuando el texto legal es obscuro o dudoso, la Jurisprudencia si implica una labor de creación jurídica y, por lo tanto, creemos que es fuente formal del derecho.

En la actualidad tanto para las juntas de conciliación y arbitraje como para los tribunales comunes y los federales, las tesis jurisprudenciales referidas a la constitución y a las leyes federales (no a las locales) así como a los tratados celebrados con las potencias extranjeras son obligatorias y tienen consiguientemente el mismo alcance y valor que la ley para los casos futuros. 




La enumeración de los Conceptos Jurídicos fundamentales es importantísima, siendo la siguiente:
 

A) Supuestos Jurídicos

B) Consecuencias del Derecho

C) La Cópula (deber ser)

D) Sujetos del Derecho o Personas Jurídicas

E) Objetos del Derecho o formas de conducta jurídicamente reguladas

F) Relaciones Jurídicas

         Son aquellos que intervienen como elementos constantes y necesarios en toda relación jurídica, es decir, en toda forma de conducta jurídica que se produce por la aplicación de la Norma del Derecho a los casos concretos. Comprendemos tanto las manifestaciones de conducta jurídica lícita, así como aquellas de conducta jurídica ilícita.

A) Podemos definir el supuesto jurídico como la hipótesis normativa de cuya realización depende que se produzcan las consecuencias del derecho.

B) Las Consecuencias del Derecho son aquellas situaciones jurídicas concretas que se presentan cuando se realizan uno o varios supuestos del derecho.

C) La Cópula “Deber Ser” es el nexo que une la hipótesis normativa con la disposición, es decir, constituye el vínculo normativo entre el supuesto jurídico y la consecuencia del derecho.

D) Los Sujetos del Derecho o Personas Jurídicas, son los entres que sirven de centro de imputación de derechos subjetivos, deberes jurídicos, sanciones, actos y normas del derecho.

E) Los Objetos del Derecho constituyen, las diferentes formas de conducta jurídicamente regulada que se manifiestan como facultades, deberes, actos jurídicos, hechos lícitos e ilícitos y sanciones.

F) Las Relaciones Jurídicas constituyen elementos complejos de articulación de todos los elementos simples anteriormente enumerados.

a) Hecho Jurídico, Es un acontecimiento natural o del hombre que está previsto en la Norma de Derecho, como supuesto para producir una o varias consecuencias de creación, transmisión, modificación o extinción de derechos, obligaciones o sanciones.

b) Acto Jurídico, Es una manifestación de voluntad que se hace con la intención de producir consecuencias de derecho.

c) Estado Jurídico, Es una situación permanente de la naturaleza o del hombre prevista en la Norma de Derecho, como supuesto para producir múltiples y constantes consecuencias de derecho.



Ruth Martínez Meráz.

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